Universidad Antonio Nariño - Título III - Derechos y deberes del estudiante
  • PreparacionPruebasSaberPro1 2024 B
  • SegundoMomentoEvaluacionCompetenciasConocimientosBasicos B
  • SolicitudCertificados B
  • Estudiantes

Título III - Derechos y deberes del estudiante

  • Descargar  Reglamento Estudiantíl

    TÍTULO III

    DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE

    CAPÍTULO I: DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

    Los derechos se entienden como aquellos que se ejercen para satisfacer el buen desarrollo del proceso de formación de los estudiantes. Estos son explícitos y están consagrados en el presente Reglamento y en la ley.

    Como parte del ejercicio de corresponsabilidad los estudiantes adquieren obligaciones en relación con su rol estudiantil, tanto hacia la Universidad como hacia todos los integrantes de la comunidad universitaria. La no observancia de estas obligaciones contraviene los principios y valores de la Universidad Antonio Nariño.

    ARTÍCULO 16º. El estudiante de la Universidad tiene derecho a:

    a. Recibir de la Universidad servicios académicos, administrativos y de bienestar universitario.

    b. Recibir un tratamiento respetuoso de todos los integrantes de la comunidad universitaria.

    c. Disfrutar del uso de los recursos dispuestos por la Universidad para su formación, de acuerdo con las respectivas reglamentaciones.

    d. Participar en las actividades académicas y socioculturales programadas para la comunidad universitaria.

    e. Conocer oportunamente los contenidos programáticos, así como los criterios de evaluación, y que sea calificado conforme a ellos.

    f. Tener acceso por los medios suministrados por la Universidad, a los resultados de las evaluaciones académicas que le han sido practicadas y solicitar la reconsideración directa con el docente respectivo del puntaje obtenido en una prueba dentro de los cinco (5) días hábiles después de su publicación.

    g. Expresar, discutir y opinar con toda libertad las ideas, procedimientos y saberes dentro del orden y respetando a las personas y las instituciones.

    h. Presentar por escrito ante las autoridades peticiones respetuosas y obtener una respuesta oportuna a ellas, conforme a la normatividad vigente.

    i. Postularse y participar en la elección democrática de representantes de los estudiantes a Consejos y Comités propios de la estructura de la Universidad Antonio Nariño, de conformidad con los Estatutos y reglamentaciones vigentes.

    j. Participar en la evaluación de sus profesores, del programa y de los procesos de registro calificado y acreditación de alta calidad.

    k. Hacer un uso adecuado y portar con decoro los uniformes, insignias y emblemas de la Universidad Antonio Nariño.

    ARTÍCULO 17º. Los estudiantes tendrán un representante en el respectivo Consejo de Programa, elegido anualmente entre quienes obtengan durante el período académico inmediatamente anterior, en el respectivo programa, un promedio igual o superior a 3.8 informado por la Oficina de Registro y Control.

    PARÁGRAFO 1. En los programas de postgrado los estudiantes tendrán un representante en el respectivo Consejo de Programa, elegido cada período académico entre quienes obtengan, durante el período académico inmediatamente anterior, en el respectivo programa, un promedio igual o superior a 4.3 informado por la Oficina de Registro y Control.

    PARÁGRAFO 2. En los programas de especialización que duran dos semestres, la elección del representante de los estudiantes al Consejo de Programa se realizará semestralmente.

    ARTÍCULO 18º. Son deberes del estudiante:

    a. Como miembro de la comunidad universitaria observar dentro y fuera del claustro una conducta ajustada a la ética, las normas del presente Reglamento, las leyes, la moral y la cultura.

    b. Ser especialmente respetuoso de la dignidad y de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria, así como de las ideas y puntos de vista expresados por ellos.

    c. Conocer el Proyecto Educativo Institucional y del Programa, los reglamentos y el plan de estudios en el cual se halle matriculado.

    d. Cumplir los reglamentos y demás normas de la Universidad.

    e. Cumplir con las obligaciones académico–administrativas contraídas con la Universidad, cancelar oportunamente los derechos pecuniarios correspondientes al registro de asignaturas y/o los créditos otorgados por ella.

    f. Participar con responsabilidad en las actividades académicas, investigativas y de extensión que conforman el programa académico en el cual se halle matriculado.

    g. Participar en los procesos de autoevaluación institucional y del programa académico en el cual se halle matriculado, como también en la evaluación docente.

    h. Cuidar con esmero los recursos de la Universidad que están a su servicio y responder por los daños que ocasione.

    i. Identificarse con el carné estudiantil vigente en todos los actos que la Universidad considere pertinentes.

Contáctanos

  • contacto
    Sede principal 
    Calle 58A Bis # 37 - 94
    Bogotá, Colombia

     Tels.: (+57 601) 315 29 80
     Línea gratuita nacional:
    018000 123 060

    Horario de atención telefónica:
    Lunes a viernes: 8:00 a.m a 5:00 p.m

    Horario de atención líneas whatsapp
    Lunes a viernes: 8:00 a.m a 5:00 p.m
    Sábados: 9:00 a.m a 12:00 p.m

    Whatsapp LogoConsulta aquí las líneas habilitadas por sede.

Más cerca de tí

  • Admisiones y certificados:
    admisiones@uan.edu.co
    informacion.admisiones2@uan.edu.co

    Inquietudes generales estudiantes activos:

    atencion.estudiantes1@uan.edu.co

    Financiación:

    auxiliar.creditos.federman@uan.edu.co
    ICETEX:
    coordinador.icetex@uan.edu.co
    Programación de entrevistas:
    supervisor.contactcenter@uan.edu.co 
    Inquietudes aspirantes nuevos:

    asesores.comerciales@uan.edu.co